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Diagnóstico al fomento de la economía popular y solidaria realizada en las cadenas
supermercados grandes y medianas de la ciudad de Calceta
Diagnosis of the promotion of the popular and solidarity economy carried out in the
large and medium-sized supermarket chains of the city of Calceta
URL: https://revistas.uta.edu.ec/erevista/index.php/bcoyu/article/view/1067
Benigno Alcívar-Martínez
1
, Johanna Márquez-Bravo
2
, Ivana Realpe-Avellan
3
, Yusleidy Zambrano-Garcés
4
Fecha de recepción: 26 de julio de 2020 Fecha de aceptación: 31 de marzo de 2021
Resumen
La presente investigación se centra en diagnosticar el nivel cumplimiento de la regulación y control de poder de mercado y
su impacto en las prácticas comerciales para el sector de bienes de consumo alimenticio en cadenas de supermercado grande
y mediano de la ciudad de Calceta y proveedores de Manabí pertenecientes a la micro y pequeñas empresas de la economía
popular y solidaria. Los métodos de investigación deductivo, inductivo, analítico, sintético, estadístico y comparativo
permitieron sistematizar la información y establecer el estado actual de las prácticas comerciales. Mediante el estudio de
campo in situ se aplicaron varios instrumentos, las entrevistas realizada a los dos (2) técnicos de la superintendencia de
control y poder de mercado, a los dos (2) gerentes de las cadenas de supermercados que cumplen con el criterio para la
investigación de contar con un mínimo de dos cajas y además contar con sucursales, además cuarenta y tres (43) encuestas
aplicadas a los proveedores de consumo alimenticio según las categorías como pan y cereales, Azúcar, mermelada, miel,
chocolate o dulces de azúcar, sal, especias, hierbas culinarias pertenecientes a la economía popular y solidaria mediante el
muestro estratificado se permitió conocer la manera en que los operadores económicos realizan sus actividades debiendo
cumplir con lo establecido en la norma y su efecto en las prácticas comerciales, reflejando incumplimiento en el marco de la
normativa afectando a los micro y pequeños proveedores. La utilización de la técnica Ishikawa facilitó la agrupación de causas
y efectos relacionados con los resultados desfavorables detectados; por medio de la matriz 5w+1h se plantearon acciones a
superar permitiendo de esta manera mejorar los aspectos con desempeño insuficientes.
Palabras clave: Operadores económicos, prácticas comerciales, abuso de poder, regulatorias, competidores.
Abstract
This research focuses on diagnosing the level of compliance with the regulation and control of market power and its impact
on commercial practices for the sector of food consumption goods in large and medium supermarket chains in the city of
Calceta and suppliers in Manabí belonging to the micro and small companies of the popular and solidarity economy. The
deductive, inductive, analytical, synthetic, statistical and comparative research methods made it possible to systematize the
information and establish the current state of business practices. Through the field study in situ, several instruments were
applied, the interviews carried out with the two (2) technicians of the superintendency of control and market power, the two (2)
managers of the supermarket chains that meet the criteria for the investigation of having a minimum of two boxes and also
having branches, in addition forty-three (43) surveys applied to suppliers of food consumption according to categories such
as bread and cereals, sugar, jam, honey, chocolate or sugar candies , salt, spices, culinary herbs belonging to the popular
and solidarity economy, through stratified sampling, it was possible to know the way in which economic operators carry out
their activities, having to comply with the provisions of the standard and its effect on commercial practices, reflecting non-
compliance in the regulatory framework affecting micro and small suppliers. The use of the Ishikawa technique facilitated the
grouping of causes and effects related to the unfavorable results detected; Through the 5w + 1h matrix, actions were proposed
to be overcome, thus allowing to improve the aspects with insufficient performance
Keywords: Economic operators, commercial practices, abuse of power, regulations, competitors
1
Escuela Superior Politécnica Agropecuaria de Manabí Manuel Félix López. Carrera Administración de Empresas. Calceta- Ecuador. E-mail:
balcivar@espam.edu.ec. ORCID: https://orcid.org/0000-0002-4930-4617
2
Escuela Superior Politécnica Agropecuaria de Manabí Manuel Félix López. Docente. Carrera Administración de Empresas. Calceta- Ecuador. E-mail:
ymarquez@espam.edu.ec. ORCID: https://orcid.org/0000-0001-5926-800X
3
Escuela Superior Politécnica Agropecuaria de Manabí Manuel Félix López. Carrera Administración de Empresas. Calceta- Ecuador. E-mail:
ivana.realpe@espam.edu.ec. ORCID: https://orcid.org/0000-0002-6069-0934
4
Escuela Superior Politécnica Agropecuaria de Manabí Manuel Félix López. Carrera Administración de Empresas. Calceta- Ecuador. E-mail:
yusleidy.zambrano@espam.edu.ec. ORCID: https://orcid.org/0000-0002-5503-561X
Diagnóstico al fomento de la economía popular y solidaria realizada en las cadenas supermercados grandes y medianas de la ciudad de Calceta
Diagnosis of the promotion of the popular and solidarity economy carried out in the large and medium-sized supermarket chains of the city of Calceta
Boletín de Coyuntura, Nº 28; enero marzo 2021; e-ISSN 2600-5727 / p-ISSN 2528 7931; UTA-Ecuador; Pág. 32-42
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Introducción
A nivel mundial han sido adoptadas diversas normas de
competencias antimonopolio, las que son reguladas por las
distintas leyes de los diferentes países y constituyen un pilar
fundamental para que exista un sistema de libre mercado.
Alrededor del mundo existen varias cadenas de
supermercados que gozan de aceptación y prestigio; estas
a su vez imponen barreras estratégicas para el ingreso de
nuevos competidores, generando poder de mercado. Para
(Obando, 2015) “la existencia de poder de mercado puede
incrementarse si existen barreras de entrada que faciliten el
abuso de poder de mercado por parte de los
supermercados”. Por otro lado (Flexor, 2014) “hace
hincapié en que varios países de la Unión Europea y Asia,
como Francia, Alemania, Italia o Japón aplicaron un
conjunto de normas institucionalizadas con el fin de limitar
el poder de mercado de los grandes grupos de distribución”.
La Ley Orgánica de Regulación y Control de Poder de
Mercado pretende impulsar a los productores de la
economía popular y solidaria para que puedan competir en
igualdad de condiciones, y así los productos de los
pequeños productores puedan tener un espacio en las
perchas de los distintos operadores económicos y sean
exhibidos junto a los de los grandes productores.
Contribuyendo a disminuir las prácticas comerciales
desleales. Esta ley “fue creada con el objeto de evitar,
prevenir, corregir, eliminar y sancionar el abuso de
operadores económicos con poder de mercado, la
prevención, prohibición y sanción de acuerdos colusorios y
otras prácticas restrictivas, el control y regulación de las
operaciones de concentración económica, y la prevención,
prohibición y sanción de las prácticas desleales” (Ley
Orgánica de Regulación y Control de Poder de Mercado,
2016).
Obando (2015) citado por (Rivadeneira, 2016) indica que “el
sector de supermercados ha aumentado sus ventas
considerablemente desde el año 2004 con base en el Censo
Económico Nacional en Ecuador del año 2010 el cual afirma
que existen 480 empresas que se dedican a las actividades
de comercio al por mayor y menor que a la vez agrupan un
total de 269.751 establecimientos que representan el 53%
del total de empresas existentes en el Ecuador”.
Las cadenas de supermercados y sus proveedores son
establecimientos comerciales que tienen como actividad la
venta al por mayor y menor de alimentos como: pan,
cereales, carne, pescado, leche, queso, huevo, aceites,
grasas, frutas, legumbres, hortalizas, azúcar, mermelada,
miel, chocolate, dulces de azúcar, productos alimenticios,
café, y cacao (Superintendencia de poder y control de
mercado, 2017)”. Según el Instituto Nacional de
Estadísticas y Censos (2010) citado (Paéz, Hans, Jaime, &
Jhon, 2016)“el mayor porcentaje de establecimientos
dedicados a esta actividad se encuentran en la región Costa
del país con 42.813 supermercados; la provincia de Manabí
cuenta con 7.667 de estos establecimientos”.
La ciudad de Calceta cuenta con dos (2) tipos de cadenas
de supermercados, los cuales por el desconocimiento de la
Resolución N°014, cometen errores significativos que
repercuten en los productores que son los más afectados,
teniendo poca permanencia, poco reconocimiento y bajas
ventas en estos establecimientos. Esta investigación tiene
como objetivo diagnosticar el cumplimiento de las buenas
prácticas comerciales y cuáles son los efectos que se tienen
ante el incumplimiento de las mismas.
Metodología
Dentro de los métodos teóricos utilizados, destaca el
documental, de donde se recolectó información de fuentes
bibliográficas, para analizar y sintetizar el comportamiento
que tiene los operadores económicos frente a la normativa;
mediante los métodos deductivo e inductivo se identificaron
los artículos de la Resolución 014 y cómo este genera
un impacto negativo o positivo para el buen
desenvolvimiento de este sector comercial entre los
supermercados y proveedores; el estudio de campo
mediante entrevistas y encuestas permitió diagnosticar el
nivel de cumplimiento sobre la resolución entre los
operadores económicos, de contrastar la información
resultante entre los actores de este sector.
Además se desarrolló a través de un alcance descriptivo,
con el fin de conocer las situaciones, costumbres y actitudes
predominantes y las realidades de la misma. Para la
validación de los instrumentos se utilizó el método Delphi o
juicio de experto, donde el conjunto de opiniones de
diferentes profesionales expertos en este sector, lograron
validar los instrumentos que se aplicaron mediante la
entrevista y la encuesta a los gerentes de los
supermercados y proveedores respectivamente.
Con la matriz 5W+1H se logró plantear la propuesta
mediante acciones correctivas concretas encaminadas a
dar solución a este sector económico. La poblacn objeto
de estudio en la presente investigación estuvo conformada
por cincuenta y un (51) proveedores de la economía popular
y solidaria pertenecientes a la provincia de Manabí (INEC,
2017). Además dos (2) tipos de cadenas de supermercados
en la ciudad de Calceta elegidos por conveniencia y además
se consideró los principios que regula la normativa
relacionado a este sector. Para determinar el tamaño
muestra se consideró el muestreo probabilístico aleatorio
simple para establecer la cantidad de la muestra de
cuarenta y tres (43) encuestas.
n=





Fórmula 3. 1 Determinación de la muestra
Fuente: (Bernal, 2010)
N= Tamaño de la población
Z= Nivel de confianza
P= Probabilidad del éxito
Q= Probabilidad del fracaso
Siendo:
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N= La población emprendimientos del sector de la
Economía popular y solidaria EPS dedicados a la
producción de bienes de consumo alimenticios.
Z= 1,65 = 95% de confianza
P= 0,50
Q= 0,50
E=0,05 o 5% de error=0,05 o 5% de error
n= 43 encuestas
n=






= 43 encuestas
Muestreo probabilístico aleatorio simple estratificado según
(Otzen & Manterola, 2017) se procedió agrupar a los
proveedores por cantones una muestra representativa
según el número de proveedores de la economía popular y
solidaria de la provincia de Manabí. Luego se seleccionó
aleatoriamente a los sujetos finales de los diferentes grupos
en esta investigación. La muestra fue cuarenta y tres (43)
proveedores de la economía popular y solidaria de los
cuales con la realización de la fórmula del muestreo
estratificado se establecieron el coeficiente de Kish de 0,84
lo que permitió estratificar el número de proveedores por
cantones.
Ksh=
Fórmula 1. Muestreo estratificado
Fuente: (Niño, 2011)
Ksh=


= 0,84 coeficiente
Fórmula 2. Determinación del muestreo estratificado
Fuente: (Niño, 2011)
Tabla 1. Estratificación de la muestra por cantones
Población
Cantones
Coeficiente
de Kish
Muestreo
estratificado
51
Portoviejo
(23)
0,84
19
Manta (7)
6
Chone (12)
10
Otros
cantones (9)
8
51
43
Fuente: Elaboración propia a partir de la información obtenida de
la SEPS (2019)
En el procesamiento de los datos y de cara al análisis se
receptaron los cuestionarios y se procedió a analizar la
información con el programa Statistical Package For Social
Sciencies, mediante el procesamiento de los datos
obtenidos en la aplicación de la encuesta a los proveedores
de la económica popular y solidaria del sector de alimentos
en la provincia de Manabí.
Resultados
Se empezó con la elaboración de dos cuestionarios con
preguntas relevantes para la investigación, el primero
consistió en una serie de preguntas dirigidas al gerente y al
propietario de las dos cadenas de supermercados, donde
cada una de las preguntas estuvieron basadas en la
Resolución 014 y las prácticas comerciales; asimismo
fueron formuladas preguntas para el técnico de apoyo de la
Superintendencia de Control y Poder de Mercado basadas
en la Ley Orgánica de Regulación Control y Poder de
Mercado. Las entrevistas fueron aplicadas en dos (2)
cadenas de supermercados de la ciudad de Calceta. De
igual forma se realizó la encuesta dirigida a los proveedores
de la Economía Popular y Solidaria, la cual estuvo basada
en los artículos de la Resolución 014 y las prácticas
comerciales. El objetivo de la Resolución N° 014 (Normas
Regulatorias para las cadenas de supermercados) es tener
un control de las prácticas comerciales que se realizan en
los diferentes supermercados del país, es decir que los
operadores económicos pongan en práctica todas aquellas
obligaciones estipuladas en cada uno de los artículos de la
mencionada resolución, y así poder mejorar aquellos
problemas que surgen en el funcionamiento de este sector.
Se procedió a realizar la validación de los instrumentos
mediante el método de expertos que como lo define
Escobar y Cuervo (2008) citado por (Robles & Rojas, 2015)
es una opinión de personas con trayectoria en un tema y
que pueden dar información, evidencia, juicio y
valoraciones. Lo primero que se realizó fue una
caracterización de los diez (10) expertos considerados.
Luego se ejecutó la valoración del nivel de conocimiento de
los mismos en una escala del uno (1) al diez (10)
permitiéndonos identificar el nivel de conocimientos
específicos del tema. Se consideró su coeficiente de
argumentación respecto a los temas principales de la
investigación; de esta manera se obtuvo que ocho (8) de los
diez (10) expertos cumplen con los rangos establecidos
para la validación de los instrumentos
Tabla 2. Coeficiente de conocimiento
Conocimientos específicos
Experto 1
Experto2
Experto 3
Experto 4
Experto 5
Experto 6
Experto 7
Experto 8
Experto 9
Experto 10
Leyes antimonopolios.
10
10
10
9
9
10
9
3
10
10
Ley Orgánica de Regulación y
Control y Poder de Mercado.
10
9
9
10
9
10
9
6
10
10
Resolución número 14 Normas
Regulatorias para Cadenas de
Supermercados y sus
Proveedores.
10
10
10
9
9
10
9
6
9
10
Prácticas comerciales
10
10
10
10
9
10
10
10
10
8
Economía Popular y Solidaria.
10
10
10
10
10
10
9
10
10
8
Sumatoria
50
49
49
48
46
50
46
35
49
46
Total kc
1
0,98
0,98
0,96
0,92
1
0,92
0,70
0,98
0,92
Fuente: Elaboración propia a partir del checklist aplicado a los expertos (2019)
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En la determinación del coeficiente de argumentación o fundamentación (Ka) de los criterios de los expertos, se pudo
establecer el nivel alto, medio o bajo este es el conocimiento de cada uno de los expertos sobre los temas relacionados con
la investigación. Teniendo en gran parte como resultado un alto nivel de conocimiento de parte de los expertos.
Tabla 3. Coeficiente de argumentación
Patrón estándar para calcular (Ka)
Fuentes de argumentación o
fundamentación
Alto
Medio
Bajo
Conocimiento de la aplicación de la Ley Orgánica
de Regulación y Control de Poder de Mercado
0,3
0,2
0,1
Conocimiento de la aplicación de la Resolución
14 Normas Regulatorias para las Cadenas de
Supermercados y sus Proveedores.
0,5
0,4
0,2
Investigación de temas similares realizados por
ustedes
0,5
0,5
0,5
Experiencia adquirida
0,5
0,5
0,5
TOTAL
0,9
0,7
0,4
Fuente: Elaboración propia a partir del checklist aplicado a los expertos (2019)
Tabla 4. Fuente de argumentación
Fuentes de argumentación
o fundamentación
Experto 1
Experto 2
Experto 3
Experto 4
Experto 5
Experto 6
Experto 7
Experto 8
Experto 9
Experto10
Conocimiento de la
aplicación de la Ley
Orgánica de Regulación y
Control de Poder de
Mercado
0,3
0,3
0,3
0,3
0,3
0,3
0,3
0,2
0,3
0,3
Conocimiento de la
aplicación de la Resolución
14 Normas Regulatorias
para las Cadenas de
Supermercados y sus
Proveedores
0,5
0,5
0,5
0,4
0,5
0,5
0,5
0,4
0,2
0,5
Investigación de temas
similares realizados por
usted
0,05
0,05
0,05
0,05
0,05
0,05
0,5
0,05
0,05
0,05
Experiencia adquirida
0,05
0,05
0,05
0,05
0,05
0,05
0,5
0,05
0,05
0,05
SUMATORIA (Ka)
0,9
0,9
0,9
0,8
0,9
0,9
0,9
0,7
0,6
0,9
Fuente: Elaboración propia a partir del checklist aplicada a los expertos (2019
)
Posteriormente se obtuvieron los resultados
correspondientes y se definieron los aspectos de mayor
influencia, en los cuales se observan los rangos de
coeficiente obtenidos para cada una de las opciones
aplicadas en las preguntas formuladas a los expertos.
Nivel de competencia de los expertos
La presente tabla sirve como referencia para la calificación
de los expertos según su nivel de competencia:
Tabla 5. Nivel de Competencia de los Expertos
Fuente: (Burguet, Rodríguez, & Disnayle, 2019)



                 


Dentro de los resultados obtenidos en el nivel de
competencia, aplicado a los expertos mediante el uso de la
formula (kp), se determinó un nivel alto de competencias en
conocimiento y argumentación en el tema investigado.
Por medio de la entrevista a los técnicos de la
Superintendencia de Control y Poder de mercado, se logró
conocer la manera en que los supermercados y sus
proveedores deben cumplir lo establecido en la Resolución
014, cuáles son las prácticas comerciales abusivas y
anticompetitivas que se presentan con más frecuencia, y las
medidas que se toman para evitar estas prácticas. Lo que
hace la Superintendencia para controlar y regular los
abusos de los operadores económicos del mercado es
intervenir a través de realizaciones de estudios de
mercados o de informes especiales, estos estudios le
permiten a la superintendencia conocer la estructura y
dinámica del sector económico al que se quiere investigar,
con la finalidad de evidenciar posibles prácticas
anticompetitivas. Estos estudios tienen una duración de
hasta 180 días, en esos informes especiales se solicita
información a los operadores económicos, se convoca a los
mismos a rendir sus versiones de acuerdo al sector que se
desenvuelven y luego se elabora el documento
estableciendo conclusiones y recomendaciones que se
elevan a la estancia superior para que luego determine si se
apertura una investigación ya formal.
Para evaluar el comportamiento de los operadores
económicos se utiliza una matriz basada en la Resolución
014 Normas regulatorias para las cadenas de
K
Competencia
0,80<k1
Alta
0,70k0,80
Media
0,50k0,70
Baja
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supermercados la cual es aplicada en los operadores
económicos cada seis meses, en esta se verifica si existen
casos de publicidad engañosa, precios abusivos o precios
predatorios, y si se da una correcta ubicación de los
productos de los proveedores de la Economía Popular y
Solidaria en las góndolas o estanterías, es decir que se lleve
a cabo el cumplimiento de cada uno de los artículos y la Ley
Orgánica de Regulación y Control de Poder de Mercado.
La aplicación de la entrevista al gerente y al propietario de
las dos cadenas de supermercados, permitió verificar el
nivel de cumplimiento y falencias de los mismos en lo
establecido en la Resolución 014. En la entrevista
realizada al gerente del supermercado se pudo observar
que a pesar de ser una microempresa en mira de expansión
trata de cumplir de forma empírica lo que dispone la ley,
debido a que carece de conocimientos acerca de la
Resolución N° 014 y por ende no se cumple lo que esta
indica.
Por otra parte, se entrevistó a la gerente de una cadena de
supermercados a nivel nacional que está posicionada en el
mercado como una de las marcas deres en la
comercialización de sus productos. Se pudo identificar
mediante la entrevista que quien dirige la sucursal de este
establecimiento se encuentra más preparado y con mayor
conocimiento de lo que estipula la Resolución 014, aun
así, no se cumple a plenitud con los porcentajes de compra
de productos de actores de la Economía Popular y Solidaria
y ubicación de sus productos en las góndolas o estanterías.
La (Superintendencia de poder y control de mercado, 2017)
es de aplicación obligatoria para todos los operadores
económicos sujetos a esta norma. Con la aplicación de la
ficha de observación en los dos cadenas de supermercados
se logró comprobar que los supermercados cumplen con
todos los artículos que fueron utilizados en la ficha,
empezando por el artículo 2 de la Resolución 014 “el cual
establece que las cadenas de supermercados son aquellos
operadores económicos que posean uno o más
establecimientos, que cuenten con tres o más cajas
registradoras y que ofrezcan de manera exclusiva o
significativa el servicio de venta minorista o expendio al
detalle, bajo la modalidad de autoservicio
(Superintendencia de poder y control de mercado, 2017). El
supermercado A cuenta con cinco (5) cajas registradoras en
el local objeto de estudio y con más de ciento ochenta (180)
locales a nivel nacional; por otra parte el supermercado B,
también cumple con este artículo ya que cuenta con dos (2)
establecimientos y con cuatro (4) cajas registradoras.
Además se constató que ambas empresas cumplen con lo
establecido en el artículo 5: obligaciones para las cadenas
de supermercados y sus proveedores, incluyendo
productos elaborados por actores de la Economía Popular
y Solidaria; en las góndolas de los supermercados, y
asimismo exhiben productos de marcas competidoras o de
diferentes proveedores. De igual forma ambos operadores
económicos cumplen con lo establecido en el mismo
artículo de que los proveedores tengan que cumplir con las
medidas regulatorias y normativas vigentes como las
normas de etiquetado y publicidad.
Se pudo establecer que el supermercado A si cuenta con
marca propia en sus establecimientos, al contrario del
supermercado B, por otra parte se pudo constatar que
ambos cumplen lo estipulado en el artículo 25:
diversificación de góndolas y que estas están ocupadas por
productos de marcas propias y productos de competidores
similares. Del mismo se pudo verificar que el supermercado
B no cuenta con habladores o sistemas de señalización que
faciliten la visualización de productos de la Economía
Popular y Solidaria, mientras que el supermercado A
cuenta con sistemas de señalización de estos productos.
Del mismo modo se pudo conocer que ambos
supermercados cumplen lo establecido en el artículo 24 de
entregar o exhibir productos que sean objeto de promoción
anunciadas en público. Utilización de una matriz de criterios
de evaluación de inspecciones
en la (Superintendencia de
poder y control de mercado, 2017) indica “que su objetivo
es mantener el equilibrio entre los operadores económicos
y cadenas de supermercados sujetos a esta norma,
buscando incluir la participación de los proveedores de la
Economía Popular y Solidaria”. La Ficha de Inspección
Semestral del Sector de Supermercados tiene como
propósito supervisar el acatamiento de los artículos 24, 25,
26, 27 y 29 de la Resolución, la misma es aplicada
semestralmente por técnicos de la Superintendencia de
Control del Poder de Mercado y permite verificar si existen
casos de publicidad engañosa, precios abusivos o precios
predatorios.
El artículo 24 “indica que los operadores económicos
deberán responder legalmente al incumplimiento en cuanto
a las condiciones de entrega de productos que sean objeto
de promociones anunciadas al público (Superintendencia
de poder y control de mercado, 2017)”.
Mediante la aplicación de la ficha de inspección en los
supermercados se pudo conocer que los proveedores de la
Economía Popular y Solidaria, no aplican promociones a
sus productos, esto debido al bajo porcentaje de ventas que
tienen en estos operadores económicos como se pudo
constatar en las encuestas realizadas a los proveedores la
cual reflejó que solo un 41,9% de los productores
encuestados realizan ventas en estos operadores
económicos.
Los artículos 25 y 26 nos indican acerca de la exhibición de
los productos y competencia, en la cual “se deberán exhibir
en las góndolas de los supermercados productos
competidores de diferentes proveedores evitando que se
permita que un proveedor o marca ocupe exclusivamente
una góndola o estantería, al contrario ésta deberá estar
ocupada también por otros productos similares o
competidores cuyo espacio de ocupación no será inferior al
15% (Superintendencia de poder y control de mercado,
2017)”, los resultados obtenidos en la ficha de inspección
permitieron conocer que los dos supermercados objetos de
estudio exhiben un porcentaje sumamente bajo de
productos de proveedores de la EPS supermercado A (6%)
y supermercado B (1%), no cumpliendo el 15% establecido
en la Resolución y que además los productos de estos
proveedores son colocados en lugares pocos visibles de las
Diagnóstico al fomento de la economía popular y solidaria realizada en las cadenas supermercados grandes y medianas de la ciudad de Calceta
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góndolas o estanterías debido a que como lo indica “el
artículo 27 el cuidado y responsabilidad de la forma en que
los productos sean exhibidos y ubicados en las perchas
corresponde exclusivamente a las cadenas de
supermercados” (Superintendencia de poder y control de
mercado, 2017).
Según el artículo 29 señala “que el 20% de las islas,
cabeceras y finales de góndolas o estanterías deberán estar
ocupadas por los proveedores de la Economía Popular y
Solidaria (Superintendencia de poder y control de mercado,
2017) pudiendo verificar que en las dos cadenas de
supermercados si se exhiben productos de la EPS pero no
el porcentaje indicado (20%), en el supermercado A, existen
seis góndolas y 20 islas, lo cual se debería en cinco al
principio o finales de góndolas exhibir productos de la EPS
pero solo hay dos góndolas con estos productos, de igual
forma en supermercado B cuenta con cuatro cabeceras y
finales de góndolas y 6 islas lo que indica que 2 de estas
deberían estar ocupadas por estos actores, pero solo una
góndola es ocupada para estos productos.
Otro de los puntos que indica el artículo 29 es “que las
cadenas de supermercados con la finalidad de promover los
productos pertenecientes a la Economía Popular y Solidaria
EPS implementaran sistemas de señalización que indiquen
que en esa estantería se exhiben estos productos
(Superintendencia de poder y control de mercado, 2017)”,
unos de los supermercados si cuenta con góndolas que
tienen este tipo de señalización al contrario de
supermercado local
Se realizaron 43 encuestas dirigidas a proveedores
manabitas de la Economía Popular y Solidaria del sector de
bienes de consumo alimenticio, misma que estuvo basada
en la Resolución 014, Ley Orgánica de Regulación y
Control de Poder de Mercado y las prácticas comerciales
que se dan en estos operadores económicos.
Análisis de la información
A continuación se presenta de manera detallada el análisis
de las principales preguntas realizadas en las encuestas a
los proveedores de la Economía Popular y Solidaria de 10
cantones de la provincia de Manabí:
Tabla 6. Conocimiento de la resolución N° 014 de la LORCPM
Porcentaje
Porcentaje
Frecuencia
Porcentaje
Válido
acumulado
Válido
Nunca
21
46,7
48,8
48,8
Raramente
12
26,7
27,9
76,7
Ocasionalmente
2
4,4
4,7
81,4
Frecuentemente
6
13,3
14,0
95,3
Muy frecuentemente
2
4,4
4,7
100,0
Total
43
95,6
100,0
Perdidos
Sistema
2
4,4
Total
45
100,0
Fuente: Elaboración propia a partir de la encuesta aplicada a los proveedores de la EPS (2019)
Con la realización de las encuestas se pudo constatar que
a pesar de que los técnicos de la superintendencia
manifestaron que la alternativa que ellos utilizan para evitar
el abuso de poder de los operadores económicos hacia los
proveedores era la difusión de la Resolución N° 014, un
48,8% de los encuestados afirmaron no tener conocimiento
de esta Resolución ni del objetivo que tiene la misma de
“prevenir efectos de exclusión, barreras de mercado e
impulsar la participación de los actores de la Economía
Popular y Solidaria EPS (Superintendencia de poder y
control de mercado, 2017)”; por otra parte, un 4,7% de los
encuestados afirmaron tener conocimiento, siendo este un
porcentaje bajo en comparación con el desconocimiento de
la misma.
Tabla 7. Cumplimiento de las medidas regulatorias y normativas vigentes (etiquetado publicidad o requerimientos de calidad)
Porcentaje
Porcentaje
Frecuencia
Porcentaje
válido
acumulado
Válido
Nunca
1
2,2
2,3
2,3
Raramente
2
4,4
4,7
7,0
Ocasionalmente
8
17,8
18,6
25,6
Frecuentemente
12
26,7
27,9
53,5
Muy frecuentemente
20
44,4
46,5
100,0
Total
43
95,6
100,0
Perdidos
Sistema
2
4,4
Total
45
100,0
Fuente: Elaboración propia a partir de la encuesta aplicada a los proveedores de la EPS (2019)
Diagnóstico al fomento de la economía popular y solidaria realizada en las cadenas supermercados grandes y medianas de la ciudad de Calceta
Diagnosis of the promotion of the popular and solidarity economy carried out in the large and medium-sized supermarket chains of the city of Calceta
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El 46,5% de los encuestados afirmaron que “sus productos
cumplen con todas las medidas regulatorias y normativas
vigentes, como normas de etiquetado, publicidad o
requerimientos de calidad como lo establece la
(Superintendencia de poder y control de mercado, 2017)
debido que esto es un requisito indispensable al momento
de vender sus productos en las cadenas de supermercados,
aunque un 2,3% dijeron no contar con todos estos requisitos
o estar en trámite de los mismos lo que dificulta el ingreso
de sus productos a los operadores económicos.
Tabla 8. Contribución de políticas para mejorar las prácticas
comerciales
Porcentaje
Porcentaje
Frecuencia
Porcentaje
válido
acumulado
Válido
Nunca
3
6,7
7,0
7,0
Raramente
8
17,8
18,6
25,6
Ocasionalmente
17
37,8
39,5
65,1
Frecuentemente
5
11,1
11,6
76,7
Muy
frecuentemente
10
22,2
23,3
100,0
Total
43
95,6
100,0
Perdidos
Sistema
2
4,4
Total
45
100,0
Fuente: Elaboración propia a partir de la encuesta aplicada a los
proveedores de la EPS (2019)
Las políticas de codificación establecidas en la
(Superintendencia de poder y control de mercado, 2017)
permite que “los operadores de forma anticipada y previo a
la celebración del contrato de provisión, pongan en
conocimiento de los proveedores las políticas, requisitos y
demás aspectos relacionados para la codificación de
proveedores y/o productos” el 39,5% de los encuestados
dicen que ocasionalmente estas políticas contribuyen a
mejorar sus prácticas comerciales con los operadores
económicos, sin embargo el 7% indicaron que esta política
no mejora las prácticas comerciales entre proveedores y
operadores debido a que se les exige proveer un 4% de
muestras de la facturación anual sus productos y esto
ocasiona pérdidas por sus bajos volúmenes de producción
y ventas.
Tabla 9. Políticas de codificación establecidas en la resolución
014 contribuyen a mejorar las prácticas comerciales
Porcentaje
Porcentaje
Frecuencia
Porcentaje
válido
acumulado
Válido
Nunca
18
40,0
41,9
41,9
Raramente
3
6,7
7,0
48,8
Ocasionalmente
4
8,9
9,3
58,1
Frecuentemente
7
15,6
16,3
74,4
Muy
frecuentemente
11
24,4
25,6
100,0
Total
43
95,6
100,0
Perdidos
Sistema
2
4,4
Total
45
100,0
Fuente: Elaboración propia a partir de la encuesta aplicada a los
proveedores de la EPS (2019)
La (Superintendencia de poder y control de mercado, 2017)
expresa que “uno de sus objetivos establece que las
cadenas de supermercados no podrán imponer a sus
proveedores que asuman el costo de las campañas
promocionales propias de la cadena ni viceversa” aun así
un 25,6% de los encuestados indicaron que muy
frecuentemente los operadores económicos los obligan a
asumir los costos de campañas promocionales de sus
productos, aunque un 41,9% alegaron que las cadenas de
supermercados donde ellos venden sus productos no les
exigen asumir estos costos.
Tabla 10. Cumplimiento con los plazos de pagos establecidos en
el art. 12 de la resolución N°014
Porcentaje
Porcentaje
Frecuencia
Porcentaje
válido
acumulado
Válido
Nunca
4
8,9
9,3
9,3
Raramente
7
15,6
16,3
25,6
Ocasionalmente
19
42,2
44,2
69,8
Frecuentemente
4
8,9
9,3
79,1
Muy
frecuentemente
9
20,0
20,9
100,0
Total
43
95,6
100,0
Perdidos
Sistema
2
4,4
Total
45
100,0
Fuente: Elaboración propia a partir de la encuesta aplicada a los
proveedores de la EPS (2019)
En el art. 12 de Resolución 014 expresa cuáles son los
plazos de pago que tienen los supermercados, estos van
desde 15 hasta 60 días, el 44,2% de las encuestas reflejan
que ocasionalmente los supermercados cumplen con las
fechas de pagos establecidas que para los productos de la
Economía Popular y Solidaria EPS es de 15 días, mientras
que un 9,3% afirmaron que nunca se cumplen estos plazos
pudiéndose observar que la mayoría de los proveedores
tienen pocos problemas al momento de recibir los pagos
correspondientes de sus facturas.
Tabla 11. Contribución de la resolución N°14 a mejorar las
prácticas comerciales
Porcentaje
Porcentaje
Frecuencia
Porcentaje
válido
acumulado
Válido
Nunca
2
4,4
4,7
4,7
Raramente
10
22,2
23,3
27,9
Ocasionalmente
18
40,0
41,9
69,8
Frecuentemente
8
17,8
18,6
88,4
Muy
frecuentemente
5
11,1
11,6
100,0
Total
43
95,6
100,0
Perdidos
Sistema
2
4,4
Total
45
100,0
Fuente: Elaboración propia a partir de la encuesta aplicada a los
proveedores de la EPS (2019)
El objetivo de la (Superintendencia de poder y control de
mercado, 2017) es “mantener la armonía y el equilibrio entre
los operadores económicos sujetos a esta norma evitando
que se realicen prácticas comerciales que constituyan
riesgos a la competencia y que ocasionen distorsión en el
mercado” cabe destacar que existe desconocimiento de
esta resolución por parte de los proveedores. Un 41,9% de
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los encuestados indicaron que ocasionalmente la resolución
si mejora la relación proveedores- operadores económicos
porque en esta se estipulan artículos que proteger a los
proveedores otorgando igual trato comercial sin
discriminación, sin embargo un 4,7% indican que la
Resolución no mejora las prácticas comerciales, esto puede
ser debido al desconocimiento que existe de la misma.
Tabla 12. Productos de la Economía Popular y Solidaria
comercializados en las cadenas de supermercados
Porcentaje
Porcentaje
Frecuencia
Porcentaje
válido
acumulado
Válido
Nunca
3
6,7
7,0
7,0
Raramente
7
15,6
16,3
23,3
Ocasionalmente
9
20,0
20,9
44,2
Frecuentemente
6
13,3
14,0
58,1
Muy
frecuentemente
18
40,0
41,9
100,0
Total
43
95,6
100,0
Perdidos
Sistema
2
4,4
Total
45
100,0
Fuente: Elaboración propia a partir de la encuesta aplicada a los
proveedores de la EPS (2019)
El 41,9%de las encuestas realizadas reflejaron que muy
frecuentemente las cadenas de supermercados incorporan
productos de la EPS en sus góndolas, solamente un 7% de
los encuestados indicaron que estos operadores
económicos nunca realizan compra de sus productos lo que
revela que no tienen conocimiento del art. 29 de la
(Superintendencia de poder y control de mercado, 2017)“el
cual asegura que el 20% del total de las islas y finales
góndolas o estanterías, deberán ser ocupadas por los
proveedores de la Economía Popular y Solidaria - EPS
artesanos, micro o pequeñas empresas con productos”
Tabla 13. Exhibición sin costos adicionales los productos de la
EPS en cumplimiento del art 26 de la resolución N° 014
Frecuencia
Porcentaje
Porcentaje
válido
Porcentaje
acumulado
Válido
Nunca
4
8,5
9,3
9,3
Raramente
15
31,9
34,9
44,2
Ocasionalmente
9
19,1
20,9
65,1
Frecuentemente
6
12,8
14,0
79,1
Muy
frecuentemente
9
19,1
20,9
100,0
Total
43
91,5
100,0
Perdidos
Sistema
4
8,5
Total
47
100,0
Fuente: Elaboración propia a partir de la encuesta aplicada a los
proveedores de la EPS (2019)
“El art. 26 de la (Superintendencia de poder y control de
mercado, 2017) indica la obligatoriedad en la exhibición, sin
costo adicional al proveedor, ya sea en las góndolas o
estanterías de cualquier cadena de supermercado” del total
de encuestados el 34,9% indicaron que raramente se
cumple este artículo debido a que algunas de las cadenas
de supermercados les cobran un porcentaje por exhibir
sus productos en las góndolas y que estos sean ubicados
en un lugar visible al público, mientras que un 20,9%
señalaron que los operadores económicos no cobran por
exhibir sus productos que por el contrario son colocados en
lugares visibles y acompañados de productos similares o
competidores.
La ejecución del diagrama de Ishikawa permitió por medio
de una representación gráfica sencilla agrupar causas y
efectos relacionados a la investigación.
Fuente: Elaboración propia a partir de cuestionarios y checklist aplicados a los operadores económicos (2019)
Figura 1. Diagrama de Ishikawa
La realización de la técnica 5w+1H estuvo dirigida a la
SCPM y a los actores que intervienen en esta ley:
operadores económicos y los proveedores. En esta se
plantearon acciones a superar entorno a la problemática
existente en la investigación, respondiendo a seis
interrogantes básicas de esta técnica y estableciendo
indicadores de cumplimiento que permitan mejorar los
aspectos con desempeño insuficientes.
Diagnóstico al fomento de la economía popular y solidaria realizada en las cadenas supermercados grandes y medianas de la ciudad de Calceta
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Tabla 14. Matriz 5w+1h para el sector de supermercados
Indicadores de
acciones a mejorar
¿Qué hacer? (¿what?)
¿Por qué
hacerlo?
(¿why?)
¿Cuándo hacerlo?
(¿when?)
¿Dónde
hacerlo?
(¿where?)
¿Quién debe
hacerlo? (¿who?)
¿Cómo hacerlo? (how)
Regulación y control
del poder de
mercado y resolución
N° 014
Socializar la resolución N°
014 a los administradores
de los operadores
económicos
Desconocimiento de la Resolución 014 Normas Regulatorias pa
ra las Cadenas de Supermercados
Semestral
Sector de bienes de consumo alimenticio de las cadenas de supermercados y sus proveedores de la ciudad de Calceta
SCPDM
Capacitaciones de la
resolución 014
normas regulatorias para
las cadenas de
supermercados
Normativas
Simplificar trámites en el
cumplimiento de las
medidas regulatorias y
normativas vigente
Anualmente
SCPDM.
Capacitar a proveedores
y darles a conocer la
importancia de que sus
productos cuenten con
estas medidas
regulatorias y normativas
vigentes.
Proveedores
Mejorar la comunicación
entre proveedores y
operadores económico,
entregando información de
la rotación de sus
productos
Trimestralmente
SCPDM
Verificando el
cumplimiento del art 5
obligaciones para las
cadenas de
supermercados y sus
proveedores numeral 8
(las cadenas de
supermercados deberán
entregar al proveedor la
información sobre la
rotación de sus
productos sin ningún
costo cada trimestre ) y
firmando acuerdos
escritos donde se
establezca la entrega de
esta información además
de aplicar sanciones en
casos de incumplimiento
Productos
Impulsar productos del
sector de EPS en los
operadores económicos
Trimestralmente
Actores de la
Economía Popular y
Solidaria y
operadores
económicos
Participar en ruedas de
negocio con los
operadores económicos
Cumplir con el 20% de
productos de la EPS en la
comercialización y
exhibición en las góndolas
como lo establece en la
Resolución 014
Trimestralmente
Operadores
económicos
Supervisar el
cumplimiento del
porcentaje establecido
en la Resolución 014 y
en caso de
incumplimiento aplicar
sanción
Pagos
Respetar el contrato y los
plazo de pago establecido
en la resolución 014
(máximo 15 días de plazo
de pago)
Permanentemente
Operadores
económicos,
Proveedores, SPCM
Seguimiento del
cumplimiento de plazos
de pagos
Prácticas
comerciales
Reducir el porcentaje anual
de muestras de productos
para codificación a 2%
Permanentemente
SCPDM
Realizando una
modificación del art 17
codificación de
proveedores, productos
y cadenas de
supermercados literal
ocho (para la
codificación de un nuevo
producto, la cadena de
supermercados podrá
solicitar muestras al
proveedor, las cuales en
conjunto no podrán
exceder el 4% de la
facturación anual del
proveedor a esa cadena
de supermercado)
Eliminar la práctica de
cobrar preferencia de
exhibición de productos en
sus góndolas a los
proveedores de EPS
Permanentemente
Operadores
económicos
Sancionando a los
operadores económicos
que permiten esta
práctica comercial
Fuente: Elaboración propia a partir de cuestionarios aplicados a los operadores económicos (2019).
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Tabla 15. Indicadores y verificador de cumplimiento en la implementación de las propuestas de la herramienta 5w+1h
Indicadores de acciones a mejorar
Indicador de cumplimiento
Verificador
Regulación y control del poder de
mercado y resolución N° 014
de capacitaciones sobre normas regulatorias a los
supermercados y proveedores
Informe de capacitaciones
Normativas
Impulsar la simplificación de trámites regulatorios
Informe de trámites resueltos a los proveedores
Proveedores
N° de visitas regulatorias a supermercados
Informe de visitas técnica
Productos
de productos de la Economía popular y solidaria impulsadas en
los supermercados
Informe de campañas publicitarias y ferias realizadas
para los productos de la EPS
Porcentaje de cumplimiento de productos de la EPS comercializados
en los operadores económicos
Visita e informe de cumplimiento de productos de la
EPS comercializados
Pagos
Porcentaje de cumplimiento en pagos establecidos
Informe de cumplimiento de pagos establecidos
Prácticas comerciales
de artículos modificados en la Resolución 014
Informe sobre artículos modificados
N° de operadores económicos sancionados por incumplimiento
Informe de operadores económico sancionados por
incumplimiento.
Fuente: Elaboración propia a partir de cuestionarios aplicados a los operadores económicos (2019).
Conclusiones
La Ley Orgánica de Regulación y Control de Poder de
Mercado, y la Resolución N° 014 Normas Regulatorias
para las cadenas de supermercados y proveedores no
cuenta con lineamientos adecuados para poder medir
correctamente el estado de las prácticas comerciales,
y así conocer el cumplimiento de la normativa, la Ficha
de Inspección Semestral del Sector de Supermercados
que utilizan para supervisar el acatamiento de los
artículos no permite conseguir la información necesaria
de las prácticas que se realizan en los operadores
económicos debido a que es una ficha muy básica y
solo se verifica el cumplimiento de cinco artículos de la
mencionada resolución dejando muchos artículos
relevantes fuera de la supervisión del cumplimiento lo
que provoca que las cadenas de supermercados sigan
cometiendo errores que afectan en su mayor parte a los
proveedores de la Economía Popular y Solidaria. Es
imperante para este sector ir construyendo indicadores
de medición para poder conocer el comportamiento
entre los supermercados y proveedores, además de
capacitar a los proveedores de la EPS y dueños o
administradores de las cadenas de supermercado esto
con el fin de fortalecer las prácticas comerciales donde
se impulse la comercialización de productos de la
Economía Popular Solidaria en las cadenas de
supermercados y se cumpla de manera correcta con
cada uno de los artículos de la resolución evitando de
esta manera prácticas comerciales desleales en el
mercado y en caso de reincidencia en estos errores se
apliquen sanciones por incumplimiento.
Por el desconocimiento de la Normas Regulatorias
para las cadenas de supermercados y sus proveedores
los operadores económicos no cumplen lo establecido
en la resolución afectando a los pequeños proveedores
de la Economía Popular y Solidaria del sector de bienes
de consumo alimenticio teniendo bajas ventas esto
debido a que las cadenas de supermercados no
compran el porcentaje de productos establecido por la
Resolución 014 a los proveedores de la EPS, poco
reconocimiento ya que existe poca exhibición de estos
productos, los cuales se encuentran ubicados en los
finales de las góndolas siendo poco visibles, además
no se proporciona la debida señalización para
promover la venta de estos productos como lo indica el
artículo 29 y poca permanencia en los operadores
económicos por la preferencia de productos con
marcas ya posicionadas en el mercado y la poca
publicidad que se le da a los productos de la EPS
La realización de la técnica 5w+1H estuvo dirigida a la
SCPM y a los actores que intervienen en esta ley:
operadores económicos y los proveedores, la cual se
realizó por el desconocimiento de la Resolución N° 014
Normas Regulatorias para las cadenas de
supermercados y estuvo dirigida al sector de bienes de
consumo alimenticio en las cadenas de supermercados
y sus proveedores de la ciudad de Calceta en la cual
se da respuesta a seis interrogantes básicas, mediante
esta herramienta se plantearon acciones a superar
entorno a la problemática existente en la investigación
e indicadores de cumplimiento que permitieron mejorar
los aspectos con desempeño insuficiente y mejorar la
gestión de buenas prácticas comerciales entre
operadores económicos y proveedores.
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