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VOLUMEN 17 | ENERO - JUNIO 2022 | P. 8 - 22
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En Ecuador, el sistema de economía popular y solidaria busca dinamizar la soberanía económica
de país, fortaleciendo e incentivando a los actores del sistema para que puedan llevar a cabo
procesos producción, distribución, comercialización de bienes y servicios de estos actores. En
efecto, los fundamentos cualitativos, sustentada en los métodos exegético, análisis documental y
revisión bibliográfica empleados permitieron determinar que, para alcanzar los fines que persigue
el sistema de economía popular y solidaria, las políticas públicas connotan importancia y
trascendencia dentro de la soberanía económica y su sistema, ya que, fomenten, efectivizan,
promocionan e incentivan a cumplir los fines que persiguen estas organizaciones del sistema de
Económica Popular y Solidaria, consecuentemente, el fortalecimiento de la soberanía económica
del país.
In Ecuador, the popular and solidarity economy system seeks to dynamize the country's economic
sovereignty, strengthening and encouraging the actors of the system so that they can carry out
processes of production, distribution and commercialization of goods and services of these actors.
In effect, the qualitative foundations, based on the exegetical methods, documentary analysis and
bibliographic review used allowed determining that, in order to achieve the goals pursued by the
popular and solidarity economy system, public policies connote importance and transcendence
within the economic sovereignty and its system, since they encourage, make effective, promote
and encourage to fulfill the goals pursued by these organizations of the Popular and Solidarity
Economy system, consequently, the strengthening of the country's economic sovereignty.
LAS POLÍTICAS PÚBLICAS PARA TUTELAR LAS ORGANIZACIONES DE
LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA EN ECUADOR.
PUBLIC POLICIES TO PROTECT POPULAR AND SOLIDARITY ECO-
NOMY ORGANIZATIONS IN ECUADOR.

Resumen
Palabras
clave:
incentivos, políticas públicas, fortalecimiento institucional,
organizaciones, economía popular y solidaria
Key words:
incentives, public policies, institutional strengthening,
organizations, popular and solidarity economy
DOI:https://doi.org/10.31243/id.v17.2023.1948
Abstract
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En el Ecuador, el texto constitucional del 2008, plantea un sistema económico solidario y
social, consecuentemente, el sistema al que le apuesta el Ecuador se sustenta en una relación
equilibrada entre los actores que intervienen en el sistema económico, esto son, entre el mercado,
el Estado ecuatoriano, y la sociedad, de tal manera que, la soberanía económica del país se
sustenté en un sistema solidario, justo, democrático, sustentable, recíproco, productivo, así pues,
en el sistema económico prevalece el trabajo digno sobre el capital, pues la soberanía económica
busca materializar el sumak kawsay y el desarrollo del país.
En función de lo expuesto, la soberanía económica en el Ecuador, le apuesta al fomento,
promoción e incentivo del sistema de Economía Popular y Solidaria para poder materializar el
sumak kawsay o buen vivir, por lo tanto, para poder alcanzar estos fines, no solo es indispensable
la existencia de leyes o reglamentos que rijan a el referido sistema, sino también, es esencial la
existencia y ejecución de políticas públicas que otorguen un efectiva tutela a las organizaciones
que constituyen el sistema de Economía Popular y Solidaria para lograr sus fines, ya que, las
políticas públicas son indispensables para otorgar un impulso y optimización en la ejecución de las
disposiciones constitucionales y legales (Zurbriggen & González, 2020).
Por lo tanto, se puede precisar que las políticas públicas connotan importancia y
trascendencia dentro de la soberanía económica y su sistema de Economía Popular y Solidaría, ya
que, son fundamentales para fomentar, promocionar e incentivar a cumplir los fines que persiguen
estas organizaciones del sistema de Económica Popular y Solidaria, consecuentemente, el
fortalecimiento de la soberanía económica del país (Moya, 2021).
En ese contexto, podemos afirmar que cuando los gobiernos autónomos descentralizados, el
gobierno central y los demás entes de control competente para expedir y ejecutar políticas
públicas no cumplen con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias que les
atribuyen la competencia para expedir y ejecutar las políticas públicas, evidentemente, las
organizaciones que constituyen el sistema de Economía Popular y Solidaria se ven afectadas en
cuanto al cumplimiento de los fines que persiguen cada una de estas organizaciones,
precisamente, porque estas políticas públicas son indispensables para fomentar, promocionar e
incentivar la aplicaciones de las normas jurídicas que imperan al referido sistema,
consecuentemente, el cumplimiento de los fines que buscan cumplir las organizaciones que
integran el sistema (Ecuador. Asamblea Nacional, 2011; Pereira et al., 2018).
En función del problema planteado, podemos argumentar y fundamentar que, este sistema de
economía es importante para la consecución del desarrollo sostenible del Ecuador, por lo que, ha
creado varias fuentes de empleo y, sobre todo, ha permitido a los y las ecuatorianas a satisfacer
sus necesidades, por ello, con la reducción e imposibilidad de alcanzar los fines que persiguen
están las organizaciones que constituyen el sistema de Economía Popular y Solidaria afectan
directa e indirectamente a la economía de las familias ecuatorianas. Por ello, la presente
investigación, analizará y determinará de manera pormenorizada las posibles soluciones al
problema planteado.
Introducción
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Para efectos del desarrollo del presente artículo, y dar cumplimiento a los objetivos trazados,
la investigación se desarrollará con fundamentos cualitativos, sustentada en los métodos
exegético, análisis documental y revisión bibliográfica. En efecto, el método exegético,
conjuntamente, con el análisis documental porque permitieron el adecuado desarrollo del artículo,
permitiendo una correcta interpretación para poder fundamentar con el idóneo cotejo jurídico
concerniente a las políticas públicas de las organizaciones del sistema de Economía Popular y
Solidaria.
Así también, la revisión bibliográfica facilitó indagar en libros, artículos científicos y varios
textos académicos (Espinoza, 2020), localizados en bases de datos para que la presente
investigación sea enriquecedora y tenga fundamento jurídico suficiente para cumplir con los
objetivos trazados para el desarrollo. La actividad indagatoria efectuada estuvo enfocada a
recaudar información científica, académica y normativa sobre los siguientes ejes temáticos: el
alcance del sistema de Economía Popular y Solidaria; organizaciones de la Economía Popular y
Solidaria y sus fines; el fortalecimiento del sistema de Economía Popular y Solidario; las políticas
públicas y su importancia en el sistema de Economía Popular y Solidaria.
La principal interrogante que se genera del tema es la siguiente: ¿Por qué es importante que los
gobiernos autónomos descentralizados, el gobierno central y los demás entes de control
competentes expidan y ejecuten políticas públicas para el sistema de Economía Popular y
Solidario? La cual, será contestada más adelante de manera pormenorizada y debidamente
fundamentada.
En función de lo planteado, se propone como objetivo general del presente artículo, determinar
la importancia de las políticas públicas para tutelar las organizaciones que constituyen el sistema
Economía Popular y Solidaria para la consecución de sus fines. En función del objetivo general, se
propone como uno de los objetivos específicos, identificar los fines que persigue el sistema de
Economía Popular y Solidaria; así también, se propone como objetivo específico identificar analizar
pormenorizadamente las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias para la
elaboración y ejecución de las políticas públicas.
Método
Desarrollo
1) El alcance del sistema de Economía Popular y Solidaria,
El texto fundamental del 2008 marca un hito en la historia de la soberanía económica en el
Ecuador, ya que, se funda en el régimen del buen vivir y declara, además, que su sistema
económico es “social y solidario”. Consecuentemente, el sistema social y solidario advertido ya
desde la misma norma suprema, se fundamenta en la consecución teórica de las formas de
impulsar la soberanía económica del país, sin embargo, solo busca la consecución teórica, sino
que, también busca la ejecución y práctica de esta teoría fundada en la solidaridad y el trabajo.
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En ese contexto, (Coraggio et al., 2011) sostiene que, la economía social y solidaria puede
connotarse como un sistema de economía, precisando que este sistema garantiza la materialidad
de una sociedad justa y equilibrada. El mismo autor afirma que, el sistema se fundamenta en
principios y valores inherentes a la solidaridad, precisando que el sistema surge por la necesidad
social de crear fuentes de empleo y del bienestar del pueblo.
En ese mismo sentido, Pérez de Mendiguren (2009) afirma que: “la economía solidaria persigue
construir relaciones de producción, distribución, consumo y financiación basadas en la justicia,
cooperación, la reciprocidad, y la ayuda mutua” (p. 13). Por lo tanto, podemos afirmar que, el
sistema de Economía Popular y Solidario se sustenta en el bienestar del pueblo, en el que el
sistema financiero y la soberanía económica son concebidas como un medio para satisfacer las
necesidades sociales, consecuentemente, el sistema persigue la participación asociativa de los
sectores populares del país, para apoyare recíprocamente y beneficiarse solidariamente.
Figura 1 Delimitación del sistema de Economía Popular y Solidario.
Autor: Caiza Ronnal, 2023
Fuente: Coraggio et al., 2011.
Sin embargo, lo que realmente connota relevancia en el sistema de Economía Popular y
Solidaria, es que precisamente, busca incluir al sistema económico a las grupos históricamente
marginados del dinamismo económico, por ello, el sistema hace hincapié en los sectores populares
del país, pues, el sistema persigue garantizar a las organizaciones popular la utilización de su
propia fuerza de trabajo y los recursos que estos grupos populares ostentan para poder introducir
Impulsa y dinamiza
la soberanía
económica del país.
Consolidación y
fortalecimiento
fundamentado en la
cooperación, solidaridad
y reciprocidad.
Procesos producción,
distribución
comercialización de
bienes y servicios de
estos actores solidarios.
Incluir a los actores
populares en el
desarrollo del país y
su propio desarrollo.
El sistema de
Economía Popular y
Solidario.
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en el sistema económico para poder satisfacer las necesidades que poseen. En consecuencia,
busca que los actores de la Economía Popular y Solidaria se consoliden como sujetos económicos
y sociales para que puedan materializar el régimen del Buen Vivir establecido en el texto
fundamental.
Por lo tanto, el sistema de Economía Popular y Solidaria busca otorgar las herramientas
necesarias para que los actores de este sistema puedan acceder a los factores productivos, para
que los actores tengan mayores oportunidades para satisfacer sus necesidades, en tanto, busca
dinamizar la soberanía económica de país, fortaleciendo e incentivando a los actores del sistema
para que puedan llevar a cabo procesos producción, distribución, comercialización de bienes y
servicios de estos actores. Así pues, el sistema busca incluir a los sectores populares para que se
constituyan como actores dinámicos en la economía del Ecuador (Auquilla et al., 2016).
El sistema busca la rentabilidad para el desarrollo del país, para la consecución de una mejor
calidad de vida, mediante la consolidación y fortalecimiento fundamentado en la cooperación,
solidaridad y reciprocidad, en sí, el sistema plantea mecanismos para que la producción e
intercambio de bienes y servicios favorezcan a las personas, precisamente, la cooperación,
solidaridad y reciprocidad surgen de acciones colectivas para mejor sus condiciones en el sistema
de economía, buscando así el beneficio colectivo y la satisfacción de necesidades de la
colectividad.
En ese orden de ideas, el sistema de Economía Popular y Solidaria se constituye como una
alternativa que tienen las personas social y económicamente marginadas para que mediante las
organizaciones que constituyen parte del sistema tengan la posibilidad de ejecutar procesos de
producción, circulación y consumo de bienes y servicios, siendo así, el sistema una alternativa para
que las personas puedan satisfacer sus necesidades humanos y también generar ingresos
económicos, sin embargo, hay que denotar que, en el Ecuador este sistema se fundamenta en la
solidaridad con un cotejo orientado a la consecución del buen vivir. En tanto, el sistema también
busca el desarrollo estratégico económico y social (Chamba et al., 2021).
Así también, el sistema económico que apostado el legislador constituyente, busca garantizar
la utilización de la mano de obra y los recursos disponibles para ser actores de la soberanía
económica del país, buscando incluir a los actores populares en el desarrollo del país y su propio
desarrollo, para efectos de satisfacción de sus necesidades y la dinamización de sus economías,
por ello, el sistema no solo se constituyen en meras actividades económicas, sino que, también se
constituyen en actividades social, que se vinculan a la solidaridad y la ayuda mutua entre los
actores del sistema. En consecuencia, el sistema de Economía Popular y Solidaria se constituye
como un medio dinámico para producir bienes y servicios, y repartir equitativamente los ingresos
económicos que se generan, he aquí, la solidaridad y la ayuda mutua en la que se sustenta el
sistema (Ecuador. Asamblea Nacional, 2011).
En efecto, el ordenamiento jurídico del Ecuador, prevé varias normas para proteger la
institucionalidad del sistema de Economía Popular y Solidaria y que pueda alcanzar sus fines, así
pues, ya lo afirmamos al inicio del presente artículo que la misma Constitución en su artículo 283
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advierte que, el sistema económico es social y solidario, en tanto, el sistema económico
pretende garantizar que la materialización del buen vivir a través de producción y reproducción de
las condiciones para efectos de la consecución de sumak kawsay, reconociendo que el ser
humano es un actor fundamental y beneficiario del sistema.
Las disposiciones constitucionales, desde ya, nos advierten que las organizaciones Popular y
Solidarias constituyen parte del sistema económico del país, disponiendo que, las organizaciones
que Populares y Solidarias se constituyen por el sector comunitario, cooperativo y asociativo, sin
embargo, el artículo tratado dispone el principio de reserva legal, para que el legislador pueda
determinar las demás organizaciones del sistema Popular y Solidario. En el mismo marco jurídico,
en el 2011 la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley Orgánica de Economía Popular y
Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario que, efectivarte, proporciona un marco jurídico
a las organizaciones del sector.
Al respecto, la Ley antes mencionada, prevé en su artículo 1 los fundamentos en el que se
sustenta la Economía Popular y Solidaria, precisando que, el sistema se constituye como una
organización de carácter económica, en el cual, las personas que lo integran organizar y
desarrollan procesos de producción, intercambio, comercialización, financiamiento y consumo de
bienes y servicios, advirtiendo que estos procesos económicos se fundamentan en la cooperación,
solidaridad y reciprocidad, no obstante, el fundamento del sistema no se limita a los valores antes
mencionados, sino que, también busca satisfacer las necesidades humanas y la generación de
recursos económicos, pero esto no significa que la consecución del sistema sea la acumulación
del capital. Al contrario, el sistema busca el bienestar del ser humano y la protección del trabajo,
buscando alcanzar el régimen del buen vivir.
Consecuentemente, podemos afirmar que el sistema económico de EPS se funda en ideología
solidaria que busca garantizar que la colectividades populares y otros actores socio productivos
puedan dinamizar la soberanía económica y el desarrollo sustentable de la localidad, en tanto, se
busca dinamizar la productividad de bienes y servicios y su consumo, así pues, el enfoque que
adopta el sistema de EPS, es basados en principios de autogestión, solidaridad y la asociatividad,
pretendiendo así, ser un sistema inclusivo con los sectores populares y los demás actores
económicos para que puedan generar ingresos y la consecución de la satisfacción de sus
necesidades (Castro, 2015; Díaz & Plaza, 2018).
2) Organizaciones de la Economía Popular y Solidaria y sus fines.
La Constitución del Estado ecuatoriano del 2008, es enfática en manifestar que el sistema
económico del Ecuador es solidario y social, además, nos advierte que el sistema de economía se
constituye por la economía popular y solidaria, la economía privada, la economía mixta, sin
embargo, la norma suprema dispone como base fundamental que la economía popular y solidaria
se integre por el sector comunitario, el sector asociativo y el sector cooperativos, es decir, los
sectores populares anteriormente descritos, son las organizaciones imprescindibles que integran
el la EPS.
No obstante, las mismas disposiciones constitucionales del artículo 283 reconocen el principio
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de reserva de Ley, de tal manera que, dispone a los legisladores regular la EPS. Ahora, bien,
con la vigente Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (2011) se reconoce otras
organizaciones que constituyen el la EPS aparte de las establecidas por el texto constitucional del
2008, por ello, en el Ecuador, la EPS se encuentra integrada por organizaciones del sector real o
no financiero y por el sector financiero.
Primeramente, en el sector real o también conocido como el sector no financiero se integra por
varias organizaciones, siendo estas, el sector asociativo, el sector cooperativo, el sector
comunitario y, finalmente, las unidades económicas populares. En cambio, el sector financiero en
el Ecuador se encuentra conformado por cajas de ahorro, cooperativas de ahorro y crédito y,
finalmente, por entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales (Ecuador. Asamblea
Nacional, 2011; Ecuador. Presidente Constitucional de la República, 2012).
2.1) El sector real o no financiero.
Parte del sector real, es el sector asociativo, sin embargo, es necesario precisar que, este
sector se constituye por aquellas asociaciones formadas por personas que emprenden con
actividades económicas, sin embargo, le LOEPS nos advierte que dichas asociaciones se
efectúan entre personas con una actividad económica en común, pues la asociatividad de
estas personas son destinadas cooperación mutua entre los asociados para la dinamización
de la producción y consumo de bienes y servicios necesarios. En función de aquello, podemos
denotar que, el vínculo asociativo de este sector son las actividades en común de oficio, artes
y profesión.
Por otra parte, el sector cooperativo también forma parte del sector real de la EPS, siendo
así, un sector que se caracteriza por abarcar varias organizaciones de propiedad conjunta, es
decir, las denominadas cooperativas, precisamente, este sector se encuentra compuesto por
varias cooperativas, sin embargo, debemos hacer hincapié en que estas organizaciones de
propiedad conjunta de socios buscan la satisfacción de necesidades sociales, culturales y
económicas. Ahora bien, la LOEPS nos manifiesta que, este sector debe ejecutar un solo
objeto social para la satisfacción de las necesidades anteriormente descritas, sin embargo,
existe la posibilidad de complementar las el cumplimiento del objeto social, siempre y cuando
se encuentre en relación al objeto social, por ello, es que existen varios tipos de cooperativas,
siendo estas, la cooperativa de servicios, vivienda, producción, y consumo.
Así también, el sector comunitario forma parte de sector real, sin embargo, estas
organizaciones tienen una connotación diferente a las organizaciones anteriormente
singularizadas, ya que, aunque también estas organizaciones realizan actividades económicas
destinadas para la dinamización de la soberanía economía mediante la producción de bienes
y servicios y su consumo, la particularidad de estas organizaciones principalmente deviene de
vínculos familiares, geográficos, identidades culturales y etnias u otro intereses comunes (Del
Castillo, 2017).
Por otra parte, debemos precisar que, las unidades de economía popular también forman
parte del sector real de la EPS, pero estas unidades tienen una singularidad respecto a las
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e-ISSN: 2631-2557
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organizaciones de la EPS, precisamente, porque se constituyen por los migrantes e
inmigrantes y ecuatorianos radicados en el país como el eje fundamental para la dinamización
del sistema económicos, así pues, estas unidades se encargar de emprender y promulgar la
producción de fuentes de empleo para la consecución del desarrollo económico sustentable
(Ecuador. Asamblea Nacional, 2011).
2.2) Sector financiero.
Parte del sector financiero, se constituye por las cajas de ahorro, siendo estas, aquellas
instituciones que se encuentran constituidas por agremiados, familiares, vecinos, trabajadores
de una misma institución o por socios de cooperativas del sector no financiero. La singularidad
de estas instituciones se fundamenta en el otorgamiento de créditos entre sus miembros, pero
el capital la concesión de los créditos deviene de los aportes de los mismos socios que
constituyen la institución, pero los referidos aportes tienen la connotación de ahorros. Por lo
tanto, lo que buscan estas instituciones son la ayuda mutua entre los socios para la
satisfacción de necesidades (Ecuador. Asamblea Nacional, 2011).
Por otra parte, las cooperativas de ahorro y crédito también forman parte del sector
financiero de la EPS, así pues, estas organizaciones son propiedad conjunta, es decir, las
denominadas cooperativas, sin embargo, estas ejecutan actividades de intermediación de
finanzas, en tanto, estas organizaciones buscan dar soluciones y sostenibilidad financiera a
sus socios y clientes, no obstante, cabe hacer hincapié que las actividades que ejecutan estas
organizaciones se las realizan con observancia a la responsabilidad social (Ruiz, 2019).
Así también, las entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales, constituyen
parte del sector financiero, en tanto, estas se caracterizan por ejecutar actividades financieras,
ligadas con el financiamiento para el desarrollo de las personas que integran estas
organizaciones, además, cabe puntualizar que, los recursos económicos que sustentan a estas
organizaciones deviene de proyectos o programas del desarrollo de sus asociados o en su
efecto devienen de los aportes de estos, para ayudarse mutuamente. Ahora bien, cabe precisar
que, que las actividades ejecutadas por estas organizaciones únicamente se llevan acabo en el
lugar geográfico de su constitución, limitando así, el perjuicio a las actividades financieras de
otras organizaciones del sector financiero (Ecuador. Asamblea Nacional, 2011).
3) El fortalecimiento del sistema de Economía Popular y Solidario desde el marco
jurídico.
El ordenamiento jurídico ecuatoriano, prevé disposiciones jurídicas que buscan el
fortalecimiento del sistema de EPS, pues, a nivel constitucional y legal (Ley Orgánica de Economía
Popular y Solidaria) se busca fomentar, incentivar y promocionar a las organizaciones de la EPS
para la consecución y materialización de los fines que persiguen. Por ello, en este acápite
analizaremos de manera pormenorizadas las disposiciones jurídicas que fomentan, incentivan y
promocionan a las organizaciones de la EPS.
A nivel constitucional, el texto constitucional del 2008 prevé las directrices y objetivos
fundamentales en las políticas públicas que ha de implementarse por los gobiernos autónomos
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descentralizados, el gobierno central y los demás entes de control competente para de expedir
y ejecutar políticas públicas destinadas para el fortalecimiento de la EPS, en tanto, el artículo 284
de la Constitución, nos advierte que, las políticas públicas económicas buscan la correcta
distribución de riqueza nacional e ingresos económicos; fomentar la productividad y
competitividad de los bienes y servicios ofertados a nivel nacional e internacional; garantizar la
soberanía energética y alimentaria; promulgar el valor agregado en los bienes y servicios,
garantizando que el valor agregado se fundamente en la eficiencia de los bienes y servicios que se
ofertan con estricta observancia la vida digna.
Asimismo, la disposición constitucional referida, también manifiesta que busca garantizar el
desarrollo sustentable y equilibrado a nivel económico, cultural y social de todo el territorio
nacional; garantizar e impulsar la creación de fuentes de empleo, reconociendo el trabajo digno en
todas sus formas; asegurar la estabilidad de la soberanía económica, a través desarrollo
sustentable de la productividad y la creación de fuentes de empleo; promulgar la dinamización de
la economía de manera justa, eficiente y transparente; e, impulsar el consumo de los bienes y
servicios ofertados con observancia a los derechos de la naturaleza para su desarrollo sustentable
(Ecuador. Asamblea Nacional Constituyente, 2008).
Concomitantemente, las disposiciones legales de la Ley Orgánica de Economía Popular y
Solidaria (2011), en su título V dispone varias normas que tienen por objetivo fomentar, incentivar y
promocionar a las organizaciones de la EPS, así pues, se dispone en la LOEPS que el Estado
ecuatoriano deberá fomentar, incentivar y promocionar las organizaciones y a las personas de la
EPS para el cumplimiento de los fines trazados por estas organizaciones. Cabe denotar que, el
fomento que reciben las organizaciones es equitativa, más no, busca privilegiar a ninguna
organización, ya que, el fomento otorgado se lo realiza de manera equitativa, basándose la equidad
desde un enfoque económico y social.
Para efectos del fomento y beneficios, el Estado ecuatoriano adoptara medidas de acción
afirmativa a favor de las organizaciones y personas del sistema de EPS, así pues, las medidas
afirmativas implementadas por el Estado buscaran erradicar la desigualdad en todos sus sentidos.
Para ello, los GAD’s y las instituciones del Estado, la Ley dispone que deben coordinar para
fomentar, incentivar y promocionar a las organizaciones de la EPS, pues, la coordinación que la
Ley dispone busca que no se dupliquen los beneficios y fomentos otorgados (Serrano & Andrea,
2019).
No obstante, la LOEPS otorga la competencia a la Superintendencia de EPS para restringir,
suspender o revocar los beneficios, incentivos y fomento que se les confiere a las organizaciones,
pero la Ley es enfática en determinar que esta competencia se ejerce únicamente cuando se
demuestre el uso indebido de los beneficios anteriormente mencionados.
En cuanto al fomento, cabe precisar que, le competente al Estados, los GAD’s, y las
instituciones del estado elaborar y ejecutar medidas que favorezcan a la organizaciones del
sistema de EPS, así pues, estas medidas se las materializa a través de la contratación pública;
financiamiento a la organizaciones de EPS; educación y capacitación a las personas que
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constituyen estas organizaciones; el otorgamiento de asesoría de propiedad intelectual para
las organizaciones; medios de pago complementarios; difusión de los bienes y servicios ofertados
por estas organizaciones; la delegación para la prestación de servicios a organizaciones de la
EPS; la equidad; y, la seguridad social (Orellana et al., 2020).
En ese sentido, la LOEPS les otorga competencia a los GAD’s para fomentar la EPS, en tanto,
estos gobiernos descentralizados tienen la obligación de planificar y asignar un presupuesto para
efectos del fomento de las organizaciones del sistema de EPS, pues la asignación presupuestaria
se la utilizará para la ejecución de programas y proyectos socioeconómicos que beneficien a estas
organizaciones. Para aquello, estos gobiernos asignarán espacios para efectuarse acabo estás
iniciativas que buscan fomentar e incentivar el comercio minoritario (Díaz & Plaza, 2018; Orellana
et al., 2020).
Concordantemente, el artículo 134 de la LOEPS faculta a las diferentes municipalidades
expedir ordenanzas para crear varios espacios destinados para el fomento de los bienes y
servicios ofertados por estás organizaciones de la EPS. En efecto, las municipalidades valiéndose
de las ordenanzas podrá regular la participación económica y social de las organizaciones,
pretendiendo así, regular la organización de estás en cuanto a la oferta de sus servicios y bienes,
es decir, las ordenanzas buscarán dinamizar la economía local y fomentar las actividades
desempañadas por estás organizaciones.
En cuanto a la promoción de las organizaciones del sistema de EPS debemos indicar que,
estás promociones demoran relevancia para que las organizaciones puedan materializar los fines
que persiguen. Por ello la LOEPS dispone al Estado elaborar y ejecutar medidas enfocadas a la
promoción de organizaciones y personas que constituyen el sistema de EPS para la consecución
de sus fines y el desarrollo de la soberanía economía a nivel nacional.
En función de lo expuesto, le corresponde al Estado trazar programas y planes que
promocionen y promuevan las actividades solidarias de los actores del sistema de economía
popular y solidaria. Sin embargo, para efectos de la promoción de estos actores, las
administraciones públicas deberán limitarse a obstaculizar las actividades desempañadas por
estás organizaciones, de tal manera que, estás administraciones facilitarán el acceso a los TIC’s,
promulgando a toda costa la solidaridad y el comercio justo, para efectos de la concesión del
desarrollo sustentable de la economía del país.
Por lo tanto, las disposiciones legales atribuyen al Estado ecuatoriano la planificación y
ejecución de los planes necesario para la promoción de las actividades solidarias ejecutadas por
estos actores de la economía popular y solidaria, pues estas medidas ejecutadas por el Estado
tienen por objeto la dinamización de la economía y la promulgación de la competitividad de estas
organizaciones, es decir, las medidas buscan que los servicios y bienes ofertados por estás
organizaciones se introducción a un mercado más competitivo (Ecuador. Asamblea Nacional,
2011).
En ese sentido, tal y como lo hemos puntualizado en los antecedentes párrafos, podemos
recalcar que el fomento para el sistema de EPS se connota como un acervo de medidas,
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esfuerzos, programas, políticas públicas, estructura, apoyo normativo, e instrumentos que
permiten que, tanto los GAD’s y el gobierno central se encarguen de la rectoría del fomento de la
organizaciones y personas que forman parte del sistema tratado en este artículo. Por lo tanto, con
el fomento que reciben los sectores populares por parte del Estado, se permite que estos actores
desarrollen y oferten servicios y bienes de calidad para que sean competitivos en el mercado, así
pues, se otorga los medios e instrumentos necesarios para la dinamización de la solidaridad y la
economía a nivel de las localidades y a nivel nacional.
Ahora bien, remitiéndonos a nuestro tema central, podemos afirmar con propiedad que las
políticas públicas son trascendentales en cuanto al fomento de las organizaciones del sistema
nacional de EPS, ya que, contribuyen al desarrollo de proyectos y programas destinados al
desarrollo de los actores del sistema, en tanto que, estas permiten el financiamiento público de los
proyectos y objetivos trazados por estas organizaciones destinadas a actividades solidarias que
persiguen la consecución del desarrollo colectivo, para efectos alcanzar a materializar el sumak
kawsay y generar ingresos económicos para satisfacer las necesidades (Cejudo & Michel, 2016).
4) Connotación de las políticas publica en el sistema de Economía Popular y Solidaria.
La soberanía económica en el Ecuador, le apuesta al fomento, promoción e incentivo del
sistema de Economía Popular y Solidaria para poder materializar el sumak kawsay o buen vivir, por
lo tanto, para poder alcanzar estos fines, no solo es indispensable la existencia de leyes o
reglamentos que rígidos y justos que rijan a el referido sistema de EPS, sino también, es esencial
la existencia y ejecución de políticas públicas que otorguen un efectiva tutela a las organizaciones
que constituyen el sistema de Economía Popular y Solidaria para lograr sus fines, ya que, las
políticas públicas son indispensables para otorgar un impulso y optimización en la ejecución de las
disposiciones constitucionales y legales (Serrano & Andrea, 2019).
Pero, para ello, es necesario entender que, las políticas públicas son el resultado de una
acción, actividades o proyectos estatales que se encaminan principalmente al sector público, por
ello, por lo general, estas acciones, actividades o proyectos ejecutados por el Estado buscan
satisfacer el interés público y los intereses legítimos de los ciudadanos. En otras palabras,
podemos sostener que, las políticas públicas son las directrices que traza el Estado para efectos
de que los órganos y entidades adecuen y ejecuten su estructura funcional para la consecución mi
ejecución de las directrices que el Estado establece para satisfacer las necesidades sociales, por
ello, podemos afirmar con precisión que estas políticas públicas pueden satisfacer las necesidades
de la colectividad mediante el actuar del Estado (Moya, 2021).
Es decir, se reflejan como un acervo de acciones tomadas por las administraciones públicas y
sus organismos y entidades que tiene como fin satisfacer las necesidades generales, valar por el
bienestar de la sociedad, sin embargo, cabe denotar que, las políticas públicas deben ejecutarse
dentro del marco legal constituido, para efectos de la tutela y protección de los derechos de las
personas, evitando así, cualquier tipo de arbitrariedad que sea contrario al bien común, los
derechos e intereses legítimos reconocidos por el Estado. Siendo así, estas políticas públicas
deben responder a los factores de la necesidad, la temporalidad, la normatividad y la territorialidad
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para efectos de eficacia y eficiencia.
En función de lo expuesto, debe precisarse que, las políticas públicas se constituyen por varios
componentes fundamental para que puedan ser interpretadas como directrices del aparataje
estatal o acciones, actividades o proyectos que planifica y ejecuta el Estado, para ello, es
necesario que las políticas públicas se encuentren constituidas por una estrategia, un plan a
ejecutarse, un programa, un proyecto y las acciones que han de ejecutarse para el cumplimiento
de las políticas públicas (Ruiz, 2002).
En cuanto a los componentes de las políticas públicas, (Ruiz, 2002) manifiesta que dentro de
las estrategias que forman parte de las políticas públicas, las estrategias se encuentran
constituidas por un acervo de principios adjetivos que trazan las líneas procesales para la
consecución de los objetivos que buscan las políticas públicas. En cambio, al referirnos al plan a
ejecutarse, nos referimos precisamente a tácticas y metas coherentes en el espacio y tiempo para
poder alcanzar un fin determinado; por otra parte, al referirnos al proyecto de las políticas públicas,
téngase en cuenta que, son aquellas acciones que buscan la consecución de un eje transversal
que busca cubrir la política pública; y, finalmente, las acciones que han de ejecutarse para el
cumplimiento de las políticas públicas son aquellas que instrumentos normativos, administrativos
y económicos que ejecutan las políticas trazadas.
En ese sentido, las políticas públicas connotan importancia y trascendencia dentro de la
soberanía económica y su sistema de Economía Popular y Solidaría, ya que, son fundamentales
para fomentar, promocionar e incentivar a cumplir los fines que persiguen estas organizaciones del
sistema de Económica Popular y Solidaria, consecuentemente, el fortalecimiento de la soberanía
económica del país.
En ese contexto, las políticas públicas permiten efectivizar e impulsar las disposiciones
constitucionales, legales y reglamentarias que el ordenamiento jurídico del Ecuador prevé para
estas organizaciones y su fomento, para efectos de la dinamización del mercado y el desarrollo
económico del país. En otras palabras, estas políticas públicas devienen de las acciones,
actividades o proyectos estatales que se encaminan principalmente al popular y solidario,
ejecutados por el Estado buscan satisfacer las necesidades contractuales de las organizaciones
de la EPS (Moya, 2021).
Así pues, las políticas públicas se fundamentan en las disposiciones constitucionales, legales
y reglamentarias, es por esta razón, que podemos afirmar que las políticas públicas sirven para
efectos de la aplicación y ejecución de las disposiciones normativas del ordenamiento jurídico
ecuatoriano, es precisamente esta una de las razones principales que connotan las políticas
públicas para el funcionamiento del país. En el caso, del sistema de EPS, no es la excepción, pues,
como ya lo precisamos en el acápite 3 de la presente investigación, el ordenamiento jurídico
fomenta organizaciones y personas que forman parte del sistema tratado en este artículo.
Por lo tanto, con el fomento que reciben los sectores populares por parte del Estado, se
permite que estos actores desarrollen y oferten servicios y bienes de calidad para que sean
competitivos en el mercado, así pues, se otorga los medios e instrumentos necesarios para la
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dinamización de la solidaridad y la economía a nivel de las localidades y a nivel nacional y el
fomento previsto por el ordenamiento jurídico para estos actores solidarios, requiere que se
ejecuten en conjunto con las políticas públicas, precisamente, porque sirven la aplicación y
ejecución de las disposiciones normativas del ordenamiento jurídico, de tal manera que, podríamos
catalogar a las políticas públicas como acciones del estatales de optimización para efectos de la
materialización de las disposiciones normativas (Zurbriggen & González, 2020).
Ahora bien, para efectos de puntualizar la importancia de las políticas públicas para el sistema
de EPS, debemos tener en cuenta que, la Carta Fundamental del 2008 en su artículo 284 prevé las
directrices y objetivos fundamentales en las políticas públicas que ha de implementarse por los
gobiernos autónomos descentralizados, el gobierno central y los demás entes de control
competente para de expedir y ejecutar políticas públicas destinadas para el fortalecimiento de la
EPS, en tanto, el artículo 284 de la Constitución, nos advierte que, las políticas públicas
económicas buscan la correcta distribución de riqueza nacional e ingresos económicos; fomentar
la productividad y competitividad de los bienes y servicios ofertados a nivel nacional e
internacional; garantizar la soberanía energética y alimentaria; promulgar el valor agregado en los
bienes y servicios, garantizando que el valor agregado se fundamente en la eficiencia de los bienes
y servicios que se ofertan con estricta observancia la vida digna.
Este mismo artículo 284 del texto constitucional del 2008, manifiesta que las directrices y
objetivos fundamentales en las políticas públicas buscan garantizar el desarrollo sustentable y
equilibrado a nivel económico, cultural y social de todo el territorio nacional; garantizar e impulsar
la creación de fuentes de empleo, reconociendo el trabajo digno en todas sus formas; asegurar la
estabilidad de la soberanía económica, a través desarrollo sustentable de la productividad y la
creación de fuentes de empleo; promulgar la dinamización de la economía de manera justa,
eficiente y transparente; e, impulsar el consumo de los bienes y servicios ofertados con
observancia a los derechos de la naturaleza para su desarrollo sustentable.
En efecto, podemos denotar con propiedad que, las políticas públicas en el sistema de EPS
permiten impulsar, efectivizar y fomentar la aplicación de las disposiciones constitucionales,
legales y reglamentarias que el ordenamiento jurídico del Ecuador prevé para estas organizaciones
y su fomento, para efectos de la dinamización del mercado y el desarrollo económico del país. Por
ello, son trascendentales para los actores solidarios del sistema de EPS, precisamente, porque
permite la consecución y materialización de los fines que persiguen las estas organizaciones de la
EPS.
Conclusiones
En síntesis, podemos afirmar con propiedad que, el sistema de economía popular y solidaria
busca otorgar las herramientas necearías para que los actores de este sistema puedan acceder a
los factores productivos, para que los actores tengan mayores oportunidades para satisfacer sus
necesidades, en tanto, busca dinamizar la soberanía económica de país, fortaleciendo e
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incentivando a los actores del sistema para que puedan llevar a cabo procesos producción,
distribución, comercialización de bienes y servicios de estos actores. Así pues, el sistema busca
incluir a los sectores populares para que se constituyan como actores dinámicos en la economía
del Ecuador, buscando la rentabilidad para el desarrollo del país, para la consecución de una mejor
calidad de vida, mediante la consolidación y fortalecimiento de la cooperación, solidaridad y
reciprocidad buscando así el beneficio colectivo y la satisfacción de necesidades de la
colectividad.
Consecuentemente, para alcanzar los fines que persigue el sistema de economía popular y
solidaria, las disposiciones normativas nos advierten que, se aplicaran políticas públicas que
busquen la correcta distribución de riqueza nacional e ingresos económicos; fomentar la
productividad y competitividad de los bienes y servicios ofertados a nivel nacional e internacional;
garantizar el desarrollo sustentable y equilibrado a nivel económico, cultural y social de todo el
territorio nacional; garantizar e impulsar la creación de fuentes de empleo, reconociendo el trabajo
digno en todas sus formas; asegurar la estabilidad de la soberanía económica, a través desarrollo
sustentable de la productividad y la creación de fuentes de empleo; promulgar la dinamización de
la economía de manera justa, eficiente y transparente; e, impulsar el consumo de los bienes y
servicios ofertados para el desarrollo económico sustentable.
Por lo tanto, podemos fundamentar que las políticas públicas en el sistema de economía
popular y solidario, connotan importancia y trascendencia dentro de la soberanía económica y su
sistema de Economía Popular y Solidaría, ya que, son fundamentales para fomentar, promocionar
e incentivar a cumplir los fines que persiguen estas organizaciones del sistema de Económica
Popular y Solidaria, consecuentemente, el fortalecimiento de la soberanía económica del país.
Efectivamente, las políticas públicas en el sistema de EPS permiten impulsar, efectivizar y fomentar
la aplicación de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias que el ordenamiento
jurídico del Ecuador prevé para estas organizaciones y su fomento, para efectos de la dinamización
del mercado y el desarrollo económico del país.
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