UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO
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Investigación y Desarrollo
Revista Cientíca
deben pagar su derecho de ingreso, (pagar por un servi-
cio ambiental), esto con la nalidad de crear en el visitante
una conciencia de protección hacia los lugares que le están
acogiendo.
Es el Ministerio del Ambiente, por medio de acuerdo
Ministerial, el órgano competente para jar dichas tasas
anualmente
Los pagos por conceptos de patentes de operación turística
serán recaudados mediante depósitos que efectúen los in-
teresados en la Cuenta “Fondo Forestal”.
La totalidad de los valores recaudados serán utilizados, a
través del Presupuesto Anual, en la administración del Pa-
trimonio de Áreas Naturales y Vida Silvestre.
El pago por servicios ambientales puede constituir una
fuente de ingresos y posibilitar a las comunidades sostener
su modo de vida y mejorarla, por medio de la protección
de los recursos naturales de los que dependen.
Fondo para el ecodesarrollo y fortalecimiento de los orga-
nismos seccionales de la Región Amazónica del Ecuador.
La Ley 010, publicada en el Registro Ocial Nº 30, del 21 de
septiembre de 1992, denominada “Fondo para el Ecodesa-
rrollo y Fortalecimiento de los organismos seccionales de
la Región Amazónica Ecuatoriana”, crea tanto el Instituto
para el Ecodesarrollo de dicha región, el ECORAE que es
una entidad autónoma, así como también el Fondo para el
Financiamiento de Programas y Proyectos que contribu-
yan a impulsar el desarrollo sustentable de la Región Ama-
zónica Ecuatoriana, de modo que se impulsen procesos
que garanticen la conservación y preservación de recursos
naturales, la recuperación de áreas degradadas, y la intro-
ducción de tecnologías apropiadas para el mejoramiento
de la calidad de vida de la población.
El Fondo mencionado se nancia con la asignación de 0,30
centavos de dólar de cada barril de petróleo producido en
el Ecuador. El rendimiento estimado en el período (2003)
es de 60 millones de dólares, y su distribución se divide en:
10% para el Instituto de Ecodesarrollo de la Región Ama-
zónica Ecuatoriana, ECORAE.
60% para los gobiernos municipales de la zona, que en la
actualidad son 38, correspondientes a 6 provincias.
30% para los Consejos Provinciales de área, que son 6.
Fondo Ambiental Nacional, FAN.
Es una organización mixta, con participación privada y del
Estado, sin nes de lucro, regida y sujeta a las disposiciones
del Código Civil Ecuatoriano, con el objetivo de contribuir
al nanciamiento de planes, programas y proyectos para la
conservación de la biodiversidad en el Ecuador.
El FAN se creó como un mecanismo de apoyo a la gestión
ambiental del Ecuador cuya estrategia inicial de operación
está basada en las directrices del “Plan Ambiental Nacional
y la Estrategia Ambiental para el Desarrollo Sostenible del
Ecuador”, instrumentos ociales que recogen las priorida-
des ambientales y los lineamientos de política sobre el tema
en el país.
A partir del año 2000, el Fondo Ambiental Nacional se
consolidó y gestionó donaciones del orden de 11,3 millo-
nes de dólares, para apoyar iniciativas de conservación ex-
clusivamente en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas
del Ecuador, SNAP, a través del Fondo de Áreas Protegidas
instancia única de acción del FAN. A través de la coloca-
ción de este monto en el sistema nanciero se ha logrado
un rendimiento anual, a partir del segundo año de imple-
mentación del FAN, de 400 mil dólares por año, que sirven
para el nanciamiento de actividades de conservación de la
biodiversidad, en 13 de las 33 áreas protegidas existentes en
el Ecuador, logrando una cobertura del 70% del total de la
supercie de zonas protegidas continentales del país.
El FAN se alimenta de los fondos provenientes de la coope-
ración internacional, por concepto de canje de deuda por
naturaleza, que han sido canalizados a través de Global En-
vironmental Fund (GEF), Banco Mundial, República Fede-
ral Alemana, Reino de los Países Bajos, USAID, Coopera-
ción Andina de Fomento (CAF), e Nature Conservancy
(TNC), Conservación Internacional y, Fundación Summit;
cuyos aportes ascienden a $10,31 millones de dólares, a los
cuales se suma el del Gobierno del Ecuador, de $1 millón
de dólares.
Este monto tiene el carácter de no extinguible, por tanto
únicamente el rendimiento nanciero del monto total se
puede destinar para el nanciamiento de programas y pro-
yectos de conservación, el mismo que asciende a $400.000
dólares anuales.
Por otra parte, el FAN también gestiona fondos denomi-
nados “extinguibles”, que no conforman el capital patrimo-
nial; en el año 2000, dicho rubro ascendió a 1 millón de
dólares y fue destinado a programas de conservación en el
SNAP.
Los objetivos a mediano plazo propuestos por el FAN, han
sido: a) continuar con actividades que permitan capitali-